¡¡¡Me doblaron el espejo retrovisor!!!

Qué coraje me dio al ver que un motociclista, en su afán por querer avanzar con mayor rapidez en una avenida, chocó contra mi espejo. La ventaja es que es abatible y no le pasó nada pero, el susto quién me lo quita. ¿Qué hubiera pasado si no tuviera esa condición? Definitivamente, me lo hubiera arrancado y los gastos correrían por mi cuenta.

No estoy en desacuerdo con que circulen bicicletas, bicicletas adaptadas, triciclos, bicimotos, triciclos automotores, tetramotores, motonetas y motocicletas por nuestras calles. En lo que no estoy de acuerdo es que no respeten los derechos de los demás poniendo en riesgo su vida y la de otros.

Es por ello que, en esta ocasión, les voy a hablar sobre las OBLIGACIONES y PROHIBICIONES de este tipo de transporte, basándome en el Reglamento de Tránsito del DF. Creo importante que usted consulte el Reglamento de su entidad y no se quede en la ignorancia.

Artículo 86. Losconductores de bicicletas, bicicletas adaptadas, triciclos, bicimotos, triciclos automotores, tetramotos, motonetas y motocicletas tienen las siguientes:

Obligaciones:

I. Sólo ser acompañados por el número de personas para el que exista asiento disponible
II. Circular por el carril de la extrema derecha de la vía y proceder con cuidado al rebasar vehículos estacionados
III. Circular por el carril de la derecha y al rebasar un vehículo de motor deberá utilizar el carril izquierdo
IV. Utilizar un solo carril de circulación
V. Circular en todo tiempo con las luces encendidas, salvo bicicletas que deben usar aditamentos reflejantes
VI. Usar casco y anteojos protectores y los acompañantes en su caso
VII. Señalar de manera anticipada cuando se vaya a efectuar una vuelta y
VIII. Acatar estrictamente las disposiciones establecidas por el presente Reglamento.

Prohibiciones:

I. Circular en contraflujo o en sentido contrario
II. Transitar sobre las banquetas y áreas reservadas al uso exclusivo de peatones, con excepción de las bicicletas y tetramotos de Seguridad Pública cuando éstas cumplan funciones de vigilancia
III. Transitar dos o más vehículos de los referidos en posición paralela dentro de un mismo carril o entre carriles
IV. Asirse o sujetarse a otros vehículos que transiten por la vía pública y
V. Llevar carga que dificulte su visibilidad, equilibrio, adecuada operación y constituya un peligro para sí u otros usuarios de la vía pública.

Artículo 87. Los conductores de vehículos de motor de cuatro o más ruedas deben respetar el derecho que tienen los vehículos de dos o tres ruedas para usar un carril de circulación.

Artículo 88. Queda prohibido a los conductores de bicicletas, bicimotos, triciclos automotores, tetramotos, motonetas y motocicletas, transitar por los carriles centrales o interiores de las vías primarias que cuenten con dichos carriles y en donde así lo indique el señalamiento de las vías de acceso controladas.

Artículo 89. En las vías de circulación en las que la Secretaría establezca carriles exclusivos para la circulación de bicicletas o adapte ciclovías, los conductores de bicicletas deben respetar el señalamiento y los conductores de los vehículos automotores, deben respetar su derecho de tránsito y darles paso preferencial, fundamentalmente en las intersecciones.

Artículo 90. Las bicicletas adaptadas autorizadas sólo pueden circular en las vialidades señaladas por la Secretaría.

Artículo 91. Las bicicletas para transitar en las vías públicas deben estar equipadas con un faro delantero de una sola intensidad, de luz blanca y con reflejante color rojo en la parte posterior.
Las bicicletas que utilicen motor para su propulsión serán consideradas dentro de la categoría de motocicletas. Por tanto, no pueden circular en las ciclovías.

Ahora que ya conocemos un poco de la reglamentación, los invito a trabajar en colaboración transmitiéndoles a las personas que sabemos que conducen algún tipo de estos vehículos, sugiero imprimirlo y comentarlo pero, sobre todo, aplicarlo.

De verdad es alarmante las cifras que van en aumento por el desconocimiento o peor aún, por la desobediencia de estos artículos. Desafortunadamente hay personas que se sienten “inmortales” y van conduciendo una motocicleta sin casco o lo traen paseando en el codo haciendo caso omiso del peligro que corren. Ya en la columna pasada, hablé de las lesiones que podemos sufrir tanto en un vehículo como siendo peatones.

En estos días en que la ciudad está un poco más despejada en el Periférico, por ejemplo, vemos con más frecuencia el abuso en el exceso de velocidad; están aprovechando de que no hay tránsito para “meterle pata”… no querrán que esa pata, esté dentro de un ataúd.

No está por demás recordarles que en casa siempre alguien lo espera. Quiéranlos no dándoles dolor. Eduquémonos y eduquemos a los demás.

Les deseo lo mejor. Feliz Navidad y que este 2012 esté lleno de bendiciones.