¿Qué tal les fue en estas fiestas decembrinas? Espero que todo haya sido dicha y felicidad. ¿Salieron de la Ciudad de México o se quedaron a disfrutar de ella? sea lo que haya sido, ya estamos reanudando actividades con nuevos bríos.
Por mi parte, me gustaría comentar lo siguiente: tuve la oportunidad de viajar a provincia y a una ciudad de Estados Unidos y pude comparar el comportamiento de la gente en cuanto a vialidad se refiere.
Es una tristeza ver que a pesar de vivir en una de las ciudades más grandes del mundo y que por lo tanto podría estar más educada, no lo está. Ver que los autos respetan la preferencia en las glorietas, los carriles asignados para dar vuelta tanto a la derecha como a la izquierda, los cruces peatonales, los accesos para la gente con capacidades diferentes en las banquetas son algunos de los ejemplos que pude observar.
¿Por qué aquí en la Ciudad de México no lo podemos hacer? ¿Acaso sabemos nuestras obligaciones y derechos como conductores o peatones? Lamentablemente, no. Un porcentaje bajo de la población ha tenido la precaución de leer el Reglamento de Tránsito y otro porcentaje más bajo, lo ha puesto en práctica.
Es por eso que esta sección está pesada para compartir esta información. Ahora es el turno de ver lo referente al peatón. Todos hemos utilizamos las banquetas para trasladarnos de un lugar a otro y es nuestro deber civil conocer lo que es debido y lo que no y así evitar un accidente.
Artículo 4°.Los peatones tienen derecho de preferencia sobre el tránsito vehicular, para garantizar su integridad física cuando:
I. En los pasos peatonales marcados con rayas para cruces, la señal del semáforo así lo indique;
II. Los vehículos vayan a dar vuelta para entrar a otra vía y haya peatones cruzando ésta;
III. Los vehículos deban circular sobre el acotamiento y en éste haya peatones transitando que no dispongan de zona peatonal;
IV. Los vehículos transiten frente a tropas en formación, comitivas organizadas o filas escolares;
V. El peatón transite por la banqueta y algún conductor deba cruzarla para entrar o salir de una cochera, estacionamiento o calle privada, y
VI. Habiéndoles correspondido el paso de acuerdo con el ciclo del semáforo no alcancen a cruzar la vía.
Los conductores de vehículos deben respetar particularmente el derecho de paso de menores, adultos mayores o personas con discapacidad; estos últimos gozarán además de los beneficios del Capítulo III de este Título.
Artículo 13. Las personas con discapacidad gozarán de manera especial, de los derechos y preferencias de paso previstos en el artículo 4° de este Reglamento. Los conductores de vehículos que se encuentren detenidos en los cruces, están obligados a no iniciar la marcha de sus vehículos hasta percatarse de que dichas personas han cruzado totalmente la vía pública.
Artículo 14. Los conductores de vehículos están obligados a disminuir la velocidad a la máxima autorizada por la Secretaría en zonas e inmediaciones de hospitales, asilos o albergues y casas hogar; a extremar precauciones, respetando los señalamientos correspondientes; y en su caso, a ceder el paso a personas con discapacidad, haciendo alto total.
Artículo 15. La Secretaría promoverá que los vehículos autorizados para la prestación del servicio público de transporte de pasajeros cuenten con aditamentos especiales que permitan a usuarios con discapacidad, usar el servicio público de transporte en condiciones de accesibilidad, seguridad, comodidad, higiene y eficiencia.
Artículo 16. Queda prohibido obstruir o utilizar los espacios destinados al estacionamiento de los vehículos de personas con discapacidad, así como los de sus rampas de acceso a las banquetas y vías peatonales.
Artículo 5°. Las banquetas de las vías públicas están destinadas al tránsito de los peatones.
En atención a los principios estratégicos contenidos en el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, la Administración Pública del Distrito Federal, a través de sus dependencias competentes, dará debida atención y seguimiento a las denuncias y propuestas de los ciudadanos del Distrito Federal, quienes en todo momento pueden coadyuvar en la consecución óptima de los objetivos que persigue este Reglamento.
Artículo 5°.Las banquetas de las vías públicas están destinadas al tránsito de los peatones.
Las autoridades correspondientes tomarán las medidas que procedan para garantizar la integridad física y el tránsito seguro de los peatones. Asimismo, realizarán las acciones necesarias para garantizar que las banquetas se encuentren libres de obstáculos que impidan el tránsito de los mismos, particularmente en las áreas de transferencia autorizadas para la circulación y ascenso – descenso para pasaje.
Artículo 6°.Los peatones acatarán las previsiones siguientes:
I. No transitar por la superficie de rodamiento de la vía pública destinada a la circulación de vehículos, salvo para cruzarla cuando el ciclo del semáforo lo indique. En caso de no existir semáforo, se cruzará la vía tomando las precauciones necesarias;
II. Cruzar la superficie de rodamiento de la vía pública por las esquinas o zonas marcadas para tal efecto, excepto en las calles locales o domiciliarias cuando sólo exista un carril para la circulación;
III. Obedecer las indicaciones de los agentes, personal de apoyo vial, promotores voluntarios de seguridad vial y las señales de los dispositivos de control al transitar por la vía pública;
IV. Utilizar los puentes o pasos peatonales a desnivel para cruzar la vía pública dotada para ello; y
V. No circular diagonalmente en los cruceros.Artículo 7°.Los peatones que no cumplan con las disposiciones de este Reglamento, serán amonestados verbalmente por los agentes y orientados a conducirse de conformidad con lo establecido por las disposiciones aplicables.
Entonces qué… caminamos por donde se debe o seguiremos haciéndonos patos. Seamos buenos peatones y no “patos” por las calles…Vamos a actuar. Recordemos que para que se genere un cambio, éste debe darse en nosotros mismos.
Los invito a que compartan sus experiencias y comentarios a través del siguiente correo:
columnavial@gmail.com
Pueden compartir fotografías, comentarios o anécdotas que nos enriquezcan.
Cuídense mucho y, feliz retorno a sus labores.
¡¡¡Feliz 2012!!!